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Nueva causal jubilatoria a los 60: requisitos, alcance y cálculo del haber

El proyecto oficial habilita el retiro voluntario entre los 60 y 65 años con 30 años de aportes y prioriza al 30% de las jubilaciones más bajas.

Nueva causal jubilatoria a los 60: requisitos, alcance y cálculo del haber

Una iniciativa del Poder Ejecutivo propone habilitar el retiro jubilatorio desde los 60 años para quienes hayan acumulado tres décadas de aportes. La medida regiría para el tramo de edad que va de los 60 a los 65 años y tendría carácter optativo: el trabajador decidiría si se acoge a esta vía o si prefiere seguir en actividad. Así lo planteó el secretario de Presidencia, Sánchez, al subrayar que la propuesta incorpora un componente de libertad individual en la decisión de retiro.

El universo alcanzado incluye a los afiliados al Banco de Previsión Social y a las administradoras de fondos de ahorro previsional. Las cajas paraestatales quedaron contempladas con la posibilidad de sumarse al esquema. El objetivo declarado es ofrecer una salida a quienes, aun con 30 años de aportes, hoy deben aguardar hasta los 65 para jubilarse según las reglas generales del sistema.

El cálculo del haber no será uniforme. Dependerá de dos variables: los ingresos del trabajador y la edad en que se produzca el retiro. Por ese motivo, no existe una cifra única aplicable a todos los casos. El gobierno anunció que dará prioridad al 30% de las jubilaciones de menor monto. Ese segmento podría retirarse a partir de los 60 en condiciones equivalentes o mejores a las vigentes antes de la Ley N.º 20.130, norma que reformó la seguridad social. Sánchez resumió el criterio: se asignan recursos a los más bajos.

Quienes tienen ingresos superiores también podrán acogerse al retiro anticipado, aunque con una reducción respecto del haber que obtendrían si esperaran. La postergación funciona como incentivo: por cada año adicional de actividad se prevén mejoras en el monto. La información divulgada hasta ahora no fija montos exactos ni criterios cerrados de cálculo, porque el resultado final dependerá del texto que apruebe el Parlamento y de la situación previsional de cada persona.

El diseño también apunta a que la flexibilización de la edad no deteriore las cuentas del sistema. Según la explicación oficial, la fórmula fue pensada para mantener la sostenibilidad financiera de la seguridad social. El proyecto requiere discusión y aprobación legislativa antes de convertirse en ley. Mientras ese trámite no concluya, los requisitos definitivos y los montos concretos permanecen abiertos.

Qué cambia o a quién afecta

El colectivo directamente interpelado es el de trabajadores de 60 a 65 años con 30 años de aportes, que pasarán a tener una opción adicional a la espera obligatoria hasta los 65. Dentro de ese grupo, el impacto será desigual: el 30% de haberes más bajos aparece como prioridad explícita, mientras que los ingresos altos enfrentan una disyuntiva entre retirarse antes con menor prestación o postergar para mejorar el monto. La decisión deja de ser automática y pasa a requerir una evaluación individual de conveniencia.

El antecedente que ordena la comparación es la Ley N.º 20.130, que fijó en 65 años la edad general de retiro y es el parámetro que el gobierno usa para medir las condiciones del nuevo régimen. La inclusión de las AFAP y la apertura a las cajas paraestatales amplían el alcance institucional más allá del BPS. El criterio de priorizar los haberes bajos introduce un componente redistributivo en el diseño, según las declaraciones oficiales.

Los próximos pasos son legislativos. El Parlamento deberá debatir y votar el proyecto, y solo entonces se conocerán los requisitos definitivos, la metodología de cálculo y los montos aplicables. No hay fechas confirmadas para la votación ni para una eventual vigencia. Hasta que la norma esté aprobada y reglamentada, cualquier estimación concreta de cuánto cobraría una persona que se jubile a los 60 carece de respaldo.

Fuentes consultadas

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